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Jorge A. Bacqué and Carlos Santiago Nino El tema de la interpretación de la ley en Alf Ross ejemplificado en dos fallos argentinos article La interpretación jurídica constituye un proceso constructivo que parte de expresiones lingüísticas afectadas por problemas semánticos, sintácticos y lógicos. La vaguedad y ambigüedad inherentes al lenguaje impiden una aplicación mecánica de la norma, obligando al juez a adoptar decisiones motivadas por una doble instancia: la conciencia jurídica formal, vinculada al respeto a la ley, y la conciencia jurídica material, influida por ideales y valoraciones sociales. Los estilos de interpretación, ya sean subjetivos u objetivos, operan bajo grados de libertad que permiten la integración de factores pragmáticos para alcanzar resultados razonables y adecuados a la realidad circundante. Esta dinámica se manifiesta en la evolución de la jurisprudencia penal, donde la definición de conceptos técnicos —como el de “banda”— puede transitar desde un análisis lógico-sistemático hacia una interpretación constructiva que priorice la eficacia de la protección social frente a nuevas necesidades colectivas. En última instancia, la labor del jurista y del magistrado no se limita a una actividad meramente cognoscitiva, sino que implica una dimensión valorativa e ideológica sustancial. Esta actividad suele presentarse bajo el ropaje de enunciados teoréticos para justificar decisiones que, más allá de la deducción legal estricta, responden a la necesidad de realizar los valores de justicia exigidos por el contexto social y la política criminal vigente. Resumen generado por inteligencia artificial.

El tema de la interpretación de la ley en Alf Ross ejemplificado en dos fallos argentinos

Jorge A. Bacqué and Carlos Santiago Nino

Lecciones y ensayos, vol. 36, 1967, pp. 31–38

Abstract

La interpretación jurídica constituye un proceso constructivo que parte de expresiones lingüísticas afectadas por problemas semánticos, sintácticos y lógicos. La vaguedad y ambigüedad inherentes al lenguaje impiden una aplicación mecánica de la norma, obligando al juez a adoptar decisiones motivadas por una doble instancia: la conciencia jurídica formal, vinculada al respeto a la ley, y la conciencia jurídica material, influida por ideales y valoraciones sociales. Los estilos de interpretación, ya sean subjetivos u objetivos, operan bajo grados de libertad que permiten la integración de factores pragmáticos para alcanzar resultados razonables y adecuados a la realidad circundante. Esta dinámica se manifiesta en la evolución de la jurisprudencia penal, donde la definición de conceptos técnicos —como el de “banda”— puede transitar desde un análisis lógico-sistemático hacia una interpretación constructiva que priorice la eficacia de la protección social frente a nuevas necesidades colectivas. En última instancia, la labor del jurista y del magistrado no se limita a una actividad meramente cognoscitiva, sino que implica una dimensión valorativa e ideológica sustancial. Esta actividad suele presentarse bajo el ropaje de enunciados teoréticos para justificar decisiones que, más allá de la deducción legal estricta, responden a la necesidad de realizar los valores de justicia exigidos por el contexto social y la política criminal vigente.

  • Resumen generado por inteligencia artificial.

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