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Carlos Santiago Nino Concurso y continuación de delitos de omisión (a propósito de los plenarios “Guersi” y “Pitchon”) incollection Es un fallo de incumplimiento de los deberes de asistencia familiar : Unidad delictiva no obstante la pluralidad de víctimas. La sola pluralidad de víctimas no configura un supuesto de reiteración en el delito de incumplimiento de los deberes de asistencia familiar (ley 13.944). Una de las peculiaridades de esta área de la teoría general es la posibilidad de imaginar diversas complicaciones que dan la sensación de responder a puras especulaciones intelectuales sin mayor relevancia en la práctica jurídica. Esto es lo que ha sucedido respecto de los problemas planteados en los plenarios “Guersi” “Pitchon” alrededor del delito de inasistencia familiar. Este es un delito complicado porque es, por un lado, omisivo y, por otro, de modalidad continua, lo que hace especialmente difícil la tarea de decidir, en primer término, sí la pluralidad de víctimas implica o no la pluralidad de delitos y en segundo lugar, si la continuación de la inasistencia luego de la condena constituye o no un nuevo delito.

Concurso y continuación de delitos de omisión (a propósito de los plenarios “Guersi” y “Pitchon”)

Carlos Santiago Nino

In Gustavo Maurino (ed.) Fundamentos de derecho penal, Buenos Aires, 2008, pp. 231–259

Abstract

Es un fallo de incumplimiento de los deberes de asistencia familiar : Unidad delictiva no obstante la pluralidad de víctimas. La sola pluralidad de víctimas no configura un supuesto de reiteración en el delito de incumplimiento de los deberes de asistencia familiar (ley 13.944). Una de las peculiaridades de esta área de la teoría general es la posibilidad de imaginar diversas complicaciones que dan la sensación de responder a puras especulaciones intelectuales sin mayor relevancia en la práctica jurídica. Esto es lo que ha sucedido respecto de los problemas planteados en los plenarios “Guersi” “Pitchon” alrededor del delito de inasistencia familiar. Este es un delito complicado porque es, por un lado, omisivo y, por otro, de modalidad continua, lo que hace especialmente difícil la tarea de decidir, en primer término, sí la pluralidad de víctimas implica o no la pluralidad de delitos y en segundo lugar, si la continuación de la inasistencia luego de la condena constituye o no un nuevo delito.